La Ley Integral para Personas Trans en Uruguay seguirá vigente después de que una consulta que buscaba avanzar en un referéndum para derogarla no alcanzara este domingo 4 de agosto el piso de 25% de adhesiones del padrón electoral.
Este fin de semana, la Corte Electoral del vecino país había instalado unos 3 mil circuitos para la votación, que no era obligatoria. Los promotores de la iniciativa debían alcanzar los 650 mil votos, o sea un 25% de quienes están habilitados para votar, para que se convoque a una instancia de referéndum después de las elecciones de octubre. No obstante, cerca de las las 18, el porcentaje de votantes que se había acercado era tan solo del 8%.
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«El pueblo uruguayo se expresó, dijo sí a los derechos y dijo sí a la igualación. El pueblo uruguayo tiene un compromiso con la defensa de los derechos humanos y eso es lo que me da más alegría», expresó Colette Spinetti, una de las voceras del colectivo trans, quien señaló que hubo mucha gente que trabajó «en contra de un discurso conservador, retrógrado, que quiso imponer sus mentiras y no lo logró».
Por su cuenta, el promotor del referéndum, Carlos Iafigliola, dirigente evangelista del partido Partido Nacional, aseguró que no descarta la posibilidad de intentar la derogación por la vía parlamentaria. “La ley trans rompe el principio de igualdad, otorgando a las personas trans derechos especiales. La transexualidad no es una fuente de derechos especiales, como no lo es la heterosexualidad”, aseguró Iafigliola, según consigna el medio El Observador.
Qué dice la norma
La Ley Integral para Personas Trans en Uruguay fue votada por el Parlamento uruguayo en 2018. Establece la diferencia entre identidad de genero y expresión de género, y compromete a los organismos públicos a cumplir un cupo laboral del 1% de las vacantes anuales del Estado con personas trans.
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Además, otorga reparaciones económicas para aquellos violentados en la dictadura (1973-1985) y convierte en un trámite administrativo el cambio de nombre en el documento de identidad. El texto también permite la posibilidad de hormonizar a un menor de edad sin el consentimiento de sus padres, consagra la inclusión de la comunidad trans en los centros educativos, y reserva cupos para becas y apoyos estudiantiles.
“Los órganos, organismos e instituciones que asignen becas y apoyos estudiantiles a nivel nacional y departamental, cualquiera fuere su fuente de financiamiento, deben prever cupos del 2% para personas trans”, establece su artículo 17.
AB/FF